La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró el pasado jueves, 10 de junio, la constitucionalidad del Decreto N.º 5.356, emitido el pasado 8 de junio de 2026, mediante el cual el Ejecutivo Nacional prorroga por sesenta (60) días la vigencia del Estado de Emergencia Económica en todo el territorio venezolano.
Tras examinar el texto legal publicado en la Gaceta Oficial N.° 7.029 Extraordinario, el máximo tribunal del país ratificó su competencia para revisar la medida de excepción y determinó que la extensión se ajusta plenamente a las facultades dictadas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el ordenamiento jurídico vigente.
La prórroga extiende las atribuciones extraordinarias contempladas originalmente en el Decreto N.º 5.314 del 8 de abril de 2026 (Gaceta Oficial N.° 7.017 Extraordinario), instrumento con el cual la Presidencia Encargada de la República activó los mecanismos de contingencia para hacer frente a la coyuntura financiera del país.
Dentro de la resolución judicial, la Sala Constitucional ordenó la difusión inmediata del fallo en los principales canales informativos del Poder Judicial y del Estado. La sentencia deberá insertarse formalmente en la Gaceta Oficial de la República, en la Gaceta Judicial y en el portal web institucional del TSJ.
El dictamen judicial incluye el sumario oficial obligatorio que certifica que el decreto ejecutivo cumple con los requisitos y garantías de la Carta Magna, permitiendo que la administración central mantenga las facultades especiales en materia económica por dos meses más.
Este decreto fue emitido para restablecer los equilibrios económicos y proteger los derechos de la población venezolana.
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