Miércoles 18 de septiembre de 2024
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Estas son las razones por las cuales la PNB te puede remolcar el vehículo

Las constantes irregularidades a las que se tienen que enfrentar los conductores en las vías, implica, en su mayoría, confrontarse…

Estas son las razones por las cuales la PNB te puede remolcar el vehículo
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Las constantes irregularidades a las que se tienen que enfrentar los conductores en las vías, implica, en su mayoría, confrontarse con las autoridades de la Policía Nacional Bolivariana, adscritos al Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).

La mayoría de los conductores desconocen las infracciones que pueden conllevar a que los efectivos de la Policía Nacional Bolivariana, puedan remolcar sus vehículos y ser sancionados.

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Para ello, oficiales de la PNB-Zulia, demostraron con basamento legal para Noticia al Día, el proceder de algunas infracciones que llevan a su accionar.

Causas Legales

Según el artículo 181 de la Ley de Tránsito Terrestre, se procederá a la retención del vehículo, cuando circule en condiciones evidentes de inseguridad y mal funcionamiento.

Cuando el conductor o la conductora no porte documento alguno que permita demostrar la propiedad del vehículo. (Este requerimiento está contemplado en la ley, pero solo es utilizado cuando el propietario del carro necesite realizar trámites legales, por lo tanto, solo tienen que pedir es el carnet de circulación y de no tenerlo se procederá a la retención del automotor).

También es motivo de retención cuando el automotor circule sin su respectiva placa, salvo que el conductor tenga el permiso provisional de circulación, previsto en el reglamento de esta ley y expedido por el INTT.

El carro será remolcado cuando esté involucrado en accidentes de tránsitos con personas lesionadas o fallecidas.

Otro motivo es que los oficiales de la PNB encuentren que los documentos de registro o de los seriales de identificación sean falsos.

"Si la persona está bajo los efectos del alcohol y sobrepasa de los 0.08 mg/L. Si está haciendo piques ( Este contemplado en el artículo 173 de la ley de transito, es la sanción más grave, o contaminación sónica en espacios públicos (sobre este último el nivel permitido es de 60 decibeles), también es motivo de retención", informó un Inspector de la PNB para NAD.

Por su parte, un funcionario de otro cuerpo policial explicó: "En casos de que una pareja esté cometiendo actos inmorales en vías públicas, no implica retención del vehículo, no esta contemplando en la ley, pero dependiendo de lo que este ocurriendo, por ejemplo, si dos personas tienen relaciones sexuales dentro de un vehículo y en la vía publica, son pasadas al comando para determinar si hay o no una situación consensuada y si están infligidos en alguna otra norma establecida en reglamento u ordenanzas ".

Noticia al Día

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