El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, firmó este martes 8 de abril un decreto de emergencia que le permitirá asumir funciones extraordinarias durante dos meses tras las medidas arancelarias aplicadas por Estados Unidos.
"Es un recurso constitucional que utilicé plenamente en el año 2016, en el año 2020, cuando llegó la pandemia: una declaratoria de emergencia económica donde asumo funciones especiales constitucionales extraordinarias para avanzar en la defensa de la economía venezolana", dijo Maduro.
“Por el impacto de la guerra económica contra Venezuela y contra el continente, apelo a las facultades constitucionales para proteger todos los sectores productivos. Procedo a firmar el decreto de emergencia económica que me faculta por dos meses para actuar con distintas modalidades de políticas públicas para proteger la economía y avanzar”, agregó.
¿Qué contempla el decreto?
En cuanto al contenido del instrumento jurídico, Maduro precisó que la declaratoria del "estado de emergencia económica" abarca todo el territorio nacional, una condición que le permitirá "dictar todas las medidas que considere necesarias para garantizar el desarrollo y el crecimiento económico".
La lista incluye: «regulaciones excepcionales y transitorias que resulten necesarias para restablecer los equilibrios económicos y proteger los derechos de la población», la suspensión transitoria de tributos, la posibilidad de concentrar en el Tesoro nacional los fondos obtenidos a través de recaudaciones especiales y redireccionar los recursos, el establecimiento de mecanismos para «combatir la evasión fiscal» y la suspensión de excepciones tributarias.
A ello se suma el establecimiento de cuotas obligatorias de compra de productos nacionales «para favorecer la sustitución de importaciones», la adopción de medidas para estimular la inversiones nacionales e internacionales, la exportación de rubros no tradicionales para generar empleos, divisas e ingresos, y la autorización de contrataciones para garantizar el restablecimiento de "derechos fundamentales".
Asimismo, mientras esté en vigor el decreto, el jefe de Estado de Venezuela podrá "autorizar erogaciones con cargo al Tesoro nacional» aunque no estén contempladas en el presupuesto anual, dictar normativa para autorizar crédito sin estar sujeto a ninguna otra rama del poder público y ampliar los márgenes de la deuda que puede contraer la República.
El "presidente de la República podrá dictar otras medidas de orden social, económico o político que estime conveniente en las circunstancias para la estabilidad económica y social del país, frente a la situación mundial", también señala el decreto.
Noticia al Día / VTV