Martes 20 de enero de 2026
Opinión

Cuando el abogado pierde la calma, pierde la defensa (Por: Juan Pablo Montiel Almeida)

El ejercicio de la abogacía se desarrolla, en la gran mayoría de los casos, dentro de los cauces normales del…

Cuando el abogado pierde la calma, pierde la defensa (Por: Juan Pablo Montiel Almeida)
Cuando el abogado pierde la calma, pierde la defensa
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El ejercicio de la abogacía se desarrolla, en la gran mayoría de los casos, dentro de los cauces normales del sistema de justicia, con funcionarios que cumplen su labor y profesionales que ejercen con responsabilidad. Sin embargo, de manera puntual, pueden presentarse situaciones de tensión propias de la dinámica procesal, respuestas inadecuadas o episodios de fricción que ponen a prueba el temple del abogado. Reconocer esta realidad no implica generalizar ni cuestionar la institucionalidad, sino advertir sobre escenarios excepcionales que exigen especial prudencia.

En tiempos recientes se han conocido algunos casos en los que colegas han terminado sometidos a procesos penales no por el fondo de su reclamo, sino por la forma en que reaccionaron frente a una situación conflictiva. En estos supuestos, la pérdida de control emocional desplaza el debate jurídico y coloca el foco en la conducta del profesional. El abogado deja de ser defensor y pasa a convertirse en parte del conflicto, con las consecuencias jurídicas que ello implica.

Es comprensible que existan reacciones ante malos tratos o respuestas inapropiadas. También es legítimo exigir respeto a la profesión. Pero ninguna inconformidad justifica exteriorizar emociones de manera que puedan ser interpretadas como faltas de respeto a la autoridad, resistencia o alteración del orden. Cuando se cruza esa línea, el reclamo pierde fuerza y la situación se agrava en perjuicio del propio abogado.

La abogacía exige autocontrol, criterio y estrategia. Saber cuándo reclamar, cómo hacerlo y por qué vía, resulta tan importante como el argumento jurídico de fondo. El ordenamiento jurídico ofrece canales institucionales claros para canalizar inconformidades. En el ámbito del Ministerio Público existen la Fiscalía Superior y la Dirección de Inspección y Disciplina. En la jurisdicción penal están las Presidencias de Circuito, así como las oficinas regionales de la Inspectoría General de Tribunales, que cuentan con inspectores designados para atender estas situaciones. Adicionalmente, la Inspectoría General de Tribunales dispone de mecanismos de denuncia en línea que funcionan y dan respuesta, en muchos casos, en plazos breves. Aunque algunos procedimientos puedan demorar, los canales existen y atienden los casos.

Controlar las emociones no es un acto de debilidad ni de resignación. Es una expresión de madurez profesional. Guardar la compostura protege la credibilidad, el ejercicio de la profesión y la libertad personal. En situaciones aisladas de tensión, la mayor defensa del abogado sigue siendo su conducta. La calma, lejos de ser una concesión, es una herramienta estratégica del ejercicio profesional.

Texto: Abogado Juan Pablo Montiel Almeida

@juanpablomontielalmeida

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