Lunes 25 de noviembre de 2024
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Hasta el 8F se mantendrá paso libre por el puente Atanasio Girardot

Mediante un comunicado el ministerio de Transporte de Colombia informó que aún se mantiene el paso libre de vehículos particulares…

Hasta el 8F se mantendrá paso libre por el puente Atanasio Girardot
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Mediante un comunicado el ministerio de Transporte de Colombia informó que aún se mantiene el paso libre de vehículos particulares y de transporte público por el puente binacional Atanasio Girardot, y será el 9 de febrero cuando se active el Plan Operativo para la Reactivación Gradual del Transporte Internacional de Carga y Pasajeros por Carretera.

En el eje fronterizo se conoció este accionar que está enmarcado en el acuerdo entre las dos naciones y que tiene como fin favorecer el transporte binacional además de afinar los detalles progresivamente para la reactivación total en este ámbito.

Esta aseveración fue refrendada por Guillermo Reyes ministro de Transporte colombiano quien exaltó que la aplicación del plan estima incidir “en el desarrollo económico de transportadores y la población ubicada en la frontera”.

Peticiones de transitabilidad

Las medidas no cambiarán para aquellos venezolanos que de manera particular quieran circular por el territorio colombiano, de allí que continúan como requisitos indispensables la presentación de la licencia de conducir, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente y documento de propiedad del vehículo.

Sumado a ello, se debe portar el pasaporte o la cédula de identidad venezolana además del Permiso Protección Temporal (PPT) o Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Para las motos se exigirán los mismos requerimientos y se sumarán el porte como medida obligatoria del casco y la colocación de un chaleco de seguridad reflectivo.

Servicio de transporte público

Para el servicio de transporte los requisitos serán:

·         Licencia de conducir

·         Revisión técnico – mecánica,

·         SOAT vigente

·         Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual

·         Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo

·         Permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.

·         Deberá circular con las placas en lugar visible y no puede superar los 24 años.

·         Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad

Para el servicio de taxis los requisitos serán:

·         Licencia de conducir

·         SOAT

·         Revisión técnico – mecánica

·         Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual,

·         Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo

·         Permiso o tarjeta de operación.

·         El vehículo no puede superar los 24 años.

·         El servicio de transporte será de puerta a puerta, retornando a su punto de inicio sin recoger pasajeros en Colombia.

·         También deben acatar las restricciones de movilidad (pico y placa)

·         Registrarse en el Área Metropolitana de Cúcuta.

Leer más: Maduro ratifica propuesta de crear zona binacional comercial entre Venezuela – Colombia

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