Jueves 15 de mayo de 2025
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Inhabilitan a Evo Morales para reelegirse como presidente de Bolivia

La decisión fue adoptada en las últimas horas en una sesión extendida del TCP, que será publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional

Inhabilitan a Evo Morales para reelegirse como presidente de Bolivia
Foto: referencial
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia inhabilitó este jueves 15 de mayo, al expresidente Evo Morales para poder reelegirse como presidente del país suramericano.

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Tras una resolución el TCP afirmó que no podrá ejercer como candidato a la presidencia y que que la reelección presidencial, tanto continua, por más de dos mandatos, como discontinua, es inconstitucional.

“La constitucionalidad del Art. 4.I de la Ley de Aplicación Normativa -Ley 381 de 21 de mayo de 2013-, conforme a la interpretación realizada por el presente fallo constitucional, con relación al Art. 168 de la CPE, en sentido de que el presidente y vicepresidente están habilitados para una reelección por una sola vez de manera continua; considerando que el término ‘una sola vez’, implica también la limitación de alcanzar a un tercer mandato, sea este de forma continua o discontinua”, señala la resolución.

Citado por el medio boliviano Ahora el pueblo, el fallo “también declara improcedente una acción de inconstitucionalidad abstracta contra varios artículos de la Ley de Aplicación Normativa y de la Ley del Régimen Electoral”.

La decisión fue adoptada en las últimas horas en una sesión extendida del ente, que será publicada oficialmente en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Por su parte, Evo Morales desde su cuenta en Twitter puntualizó que “la Constitución Política del Estado vigente en Bolivia no prohíbe la reelección discontinua. El Art. 168 de nuestra CPE, establece: ‘El periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua’”.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), con mayoría de magistrados de facto, (autoprorrogados ilegalmente) mediante la Sentencia 007/2025, dispone que ningún ciudadano boliviano puede ser reelecto de forma continua o discontinua, violando el Art. 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) que solo prohíbe la reelección continua”, dijo el político boliviano.

Noticia al Día/Telesur

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