Jueves 18 de julio de 2024
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Desde este 12F los venezolanos que tengan el  PPT podrán tramitar licencia de tránsito en Colombia

Desde este domingo 12 de febrero, los venezolanos en Colombia con Permiso de Protección Temporal (PPT) podrán tramitar el Registro…

Desde este 12F  los venezolanos que tengan el  PPT podrán tramitar licencia de tránsito en Colombia
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Desde este domingo 12 de febrero, los venezolanos en Colombia con Permiso de Protección Temporal (PPT) podrán tramitar el Registro Único Nacional de Tránsito en Colombia. La información fue dada a conocer por Eduardo Battistini, director de la Ruta Araguaney, programa de apoyo para los criollos en el país.

Esto ocurre luego de que el Ministerio de Transporte emitiera la Resolución 20223040044715 del 3 de agosto de 2022, por el cual se reglamenta el uso del PPT de los venezolanos para los trámites de tránsito.

Dicha Resolución rige en toda Colombia y aplica a la población mencionada a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo al Tránsito, Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y al Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones al Tránsito (SIMIT).

Aparentemente, según portales colombianos, la demora en la resolución y el inicio de su aplicación de debió a problemas con la habilitación del sistema, según el documento publicado por el Registro Único Nacional de Transporte.

Además, los criollos podrán tramitar el SOAT y la revisión Técnico-Mecánica y emisiones contaminantes. También tendrán que pagar las multas, en aquellos casos que aplique, asumiendo las responsabilidades de la misma.

La vigencia que tiene esta resolución se extiende hasta el mismo plazo fijado para los Permisos por Protección Temporal, el cual finaliza el 30 de mayo de 2031.

En la resolución se precisa que sí Migración Colombia cancela el PPT de un venezolano cualquier documento de tránsito asociado de dicho documento queda cancelado automáticamente. “La cancelación automática de cualquier documento de tránsito implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente”.

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Noticia al Día con información de El Heraldo

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