Miércoles 11 de diciembre de 2024
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¿Qué establece la Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo?

Nicolás Maduro promulgó este miércoles la nueva Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo. Esta normativa responde a la decisión…

¿Qué establece la Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo?
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Nicolás Maduro promulgó este miércoles la nueva Ley Orgánica para la Defensa del Esequibo.

Esta normativa responde a la decisión del pueblo que fue consultado durante el referéndum celebrado el pasado 3 de diciembre, sobre la recuperación de los derechos de Venezuela, por el territorio del Esequibo.

Conozca en detalle puntos claves de la ley:

  • La Ley Orgánica consta de 39 artículos distribuidos en seis capítulos y cuatro disposiciones transitorias.
  • Se ratifica de manera clara, inexorable y contundente el carácter írrito del Laudo Arbitral de 1899.
  • Se ratifica el Acuerdo de Ginebra de 1966 como único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y mutuamente aceptable en relación con la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba.
  • Reafirma la posición histórica de Venezuela de no reconocer a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para dirimir en la controversia sobre la Guayana Esequiba.
  • Establece la creación del estado número 24, denominado Guayana Esequiba dentro de la política territorial de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Regula el funcionamiento de los poderes públicos, nacionales, regionales y locales en el estado nuevo de la Guayana Esequiba.
  • Se otorga a la población de la Guayana Esequiba una justa representación en la próxima Asamblea Nacional (AN) a ser electa en el año 2025, con un diputado o diputada.
  • Establece la disposición y conformación de una Alta Comisión del Estado y del país para la defensa de la Guayana Esequiba.
  • Prohíbe la publicación del mapa político de la República Bolivariana de Venezuela, sin la incorporación del territorio de la Guayana Esequiba.
  • Prohíbe optar a cargos de elección popular o de acceso públicos a aquellas personas que hayan adoptado o que tengan conductas que directa o indirectamente favorezcan o respalden la posición de despojo de la República Cooperativa de Guyana, de su gobierno, de las transnacionales como la ExxonMobil.
  • Faculta al presidente de la República Bolivariana de Venezuela, para prohibir la celebración de contratos o acuerdos con personas jurídicas que se encuentren operando o colaboren con la operación en territorio terrestre de la Guayana Esequiba, o en las aguas por delimitar.
  • Establece la obligación de diseñar un plan especial para la protección y el desarrollo de la población actual y futura del territorio de la Guayana Esequiba.
  • Establece la creación de Unidades Administrativas Especializadas dentro de los órganos y entes con competencia en materia petrolera, minera e industrial.

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Noticia al Día/Información de Prensa Presidencial

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